El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entró en vigor el 26 de mayo del 2018. Este reglamento substituye a la actual Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), sí podrá incluir algunas precisiones o desarrollos en materias en las que el RGPD lo permite.
El RGPD contiene muchos conceptos, principios y mecanismo similares a los establecidos por la LOPD. Por ello, las organizaciones que en la actualidad cumplen adecuadamente con la LOPD española tienen una buena base de partida para evolucionar hacia una correcta aplicación del nuevo Reglamento.
Sin embargo, El RGPD modifica algunos aspecto del régimen actual y contiene nuevas obligaciones que deben ser analizadas y aplicadas por cada organización teniendo en cuenta sus propias circunstancias.
En el caso de que algún organismo no cumpla con el RGPD la sanciones también se ven afectadas.
SANCIONES LOPD |
SANCIONES RGPD |
Leves: 601,01 € a 60.101, 21 € |
Dependiendo de la infracción: 10.000.000 € / 2% de la facturación anual o 20.000.000 € / 4% de la facturación anual |
Graves: 60.101,21 € a 300.506,25 € |
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Muy graves: 300.506,25 € a 601.012,1 € |